REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 31 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-004909
ASUNTO : TP01-P-2008-004909


Vista el oficio emanada de la Fiscalía Novena del Ministerio Público de fecha 09-02-2009 informando que en acordó en esa misma fecha el Archivo Fiscal donde señala como victima la adolescente LUSBEYLIT ANDREINA BRICEÑO, y como imputado el ciudadano ALVARO DE JESÚS GARCIA CALDERÓN, por la comisión del delito de ACOSO u HOSTIGAMIENTO, prevista y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Este Tribunal observa:
Revisada la causa se observa que en fecha 09-02-2009 la fiscalía Novena del Ministerio Público acordó el ARCHIVO FISCAL de la Investigación N° 21-F9-5934-08 (449). TP01-P-2008-004909, pudiéndose reaperturar cuando surjan nuevos elementos de convicción..
Ahora bien, visto de que el Ministerio Público Titular de la acción penal en fecha 09-02-2009 acordó el Archivo Fiscal de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal en la causa signada con el N° 21-F9-5934-08 (449). TP01-P-2008-004909 y seguida al ciudadano, ALVARO DE JESUS GARCIA CALDERON, y como victima la adolescente LUSBEYLIT ANDREINA BRICEÑO GARCIA, por la comisión del delito de ACOSO u HOSTIGAMIENTO, prevista y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se decreta EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. seguida al ciudadano ALVARO DE JESUS GARCIA CALDERON.


DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; Acuerda la remisión de la presente Investigación para el Archivo Central, a los fines de su Archivo, en virtud del acto conclusivo de ARCHIVO FISCAL dictado por la Fiscalía Novena del Ministerio Público en INVESTIGACIÓN Nº 21-F9-5934-08 (449). TP01-P-2008-004909, iniciada contra el ciudadano ALVARO DE JESUS GARCIA CALDERON, por la comisión del delito ACOSO u HOSTIGAMIENTO, prevista y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. en agravio a la adolescente LUSBEYLIT ANDREINA BRICEÑO CALDERON, quedando a salvo que la Investigación se encuentra en la referida Fiscalía y puede ser abierta en caso de que surjan nuevos elementos de convicción o sea intentada nuevamente la acción por parte de la víctima. Notifíquese a las partes.
El Juez de Control N°.03 El Secretario

Abog Adriana Araujo Araujo Abg. Ulises Briceño