REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 2 de marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TJ01-S-2002-000661
ASUNTO : TJ01-S-2002-000661
ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL
En horas del día de hoy, Lunes, 02 de marzo de 2009, siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial en la causa seguida al ciudadano EUDO ENRIQUE GALINDO VASQUEZ, se constituyó este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la Dra. Abg. Juleny Rosas Bravo, acompañada de la Secretaria de Tribunal Abg. Patricia Hernández Perdomo, a los fines de dar inicio al acto, la Juez le solicitó a la Secretaria verificara la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentran presentes: el investigado EUDO ENRIQUE GALINDO VASQUEZ, El Defensor Público Abg. Oscar Colmenares, el Fiscal Segundo del Ministerio Público Abg. Lenin Terán. Seguidamente la Juez dio inicio al acto explicando a las partes la importancia y significación del acto. Este Tribunal revisada las actuaciones observa que en fecha 14/05/2007 se recibió oficio N° TR-2-1320, procedente de la Fiscalia Segunda Del Ministerio Publico, en la oportunidad de hacer del conocimiento al tribunal que en la investigación D21-2067-2002, seguida al ciudadano EUDO ENRIQUE GALINDO, fue acordado el Archivo Fiscal en fecha 16-12-2005. No obstante del escrito presentado por los Funcionarios del Destacamento Nº 15 de la Guardia Nacional de fecha 28-02-2009, manifiestan que el referido ciudadano presenta orden de aprehensión mediante auto de fecha 18-06-2002, con oficio Nº 1856, pero revisado el Sistema Juris 2000 se evidencia que la información aportada por dichos Funcionarios es herrada y no se corresponde con la presente causa en la que fue decretado el Archivo fiscal en fecha 14/05/2007, por lo que este Tribunal no puede dejar sin efecto algo que no existe, no obstante ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a los fines de informarle que al menos por esta Causa no existe orden de aprehensión en contra de dicho ciudadano. En consecuencia este Tribunal en Funciones de Control N° 04 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ordena dejar en libertad inmediata al ciudadano EUDO ENRIQUE GALINDO VASQUEZ. Líbrese la correspondiente Boleta de excarcelación. Es todo, terminó el acto, siendo las 11:58 a.m. Se cumplieron con todas las formalidades de Ley y conformes firman.-
El Juez de Control Nº 04
El Investigado
Abg. Juleny Rosas Bravo El Defensor Público
El Fiscal Segundo
La Secretaria,
Abg. Patricia Hernández Perdomo