REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
Trujillo, 25 de marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-000912
ASUNTO : TP01-P-2009-000912
ACTA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA
Hoy, siendo las 01:00 de la tarde, se hizo presente en la sala de audiencias N° 03, la Juez de Control N° 04, Abg. Juleny Rosas, la secretaria de sala Abg. Magaly Castro, el alguacil Carlos Castellanos, a los fines de celebrar la Audiencia Oral de presentación de Imputado en la causa seguida al ciudadano EURO JOSE PEÑA HERNANDEZ por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la Sociedad. Acto seguido la Juez ordenó a la Secretaria verificar la presencia de las partes, encontrándose presentes: La Fiscal Séptima del Ministerio Público Abg. Digna Araujo, El Defensor Público Abg. Roger Paredes, el imputado EURO JOSE PEÑA HERNANDEZ. Acto seguido solicita la palabra el imputado Euro José Peña Hernández, quien manifestó: “Carezco de recursos económicos y por lo tanto solicito al tribunal me designe un defensor público” es todo. Estando presente el Defensor Publico Penal Abg. Roger Paredes, manifestó: “Acepto la designación que se me hace en este acto” es todo. Acto seguido, la Juez informó a las partes del motivo de su comparecencia, de la importancia y significación del acto. Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien narro los hechos:” siendo las 10:00 horas de la noche del día Sábado 21 de Marzo de 2009, compareció por ante este Despacho El funcionario Policial. CABO/2DO (FAPET) GIL DOUGLAS, adscrito a la Brigada Motorizada N° 02 Valera, de la saría Policial N° 02 de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo, quien de conformidad a lo establecido en los artículos 110,111,112,113,117,125,205,207,248 Y 303 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 49 de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela, … plena de la siguiente diligencia policial practicada en el presente procedimiento: "En esta misma … siendo las 09:45 horas de la noche, encontrándome de servicio en labores de patrullaje en la Unidad "móvil M 2.25, en compañía del AGENTE (F APET) NUÑEz EGAR, en la Unidad Móvil M 2.4, cuando al tansitar por la calle 07 con Avenida 5, parroquia Juan Ignacio Montilla del Municipio autónomo Valera, vistamos a un (01) ciudadano quien iba conduciendo una moto CELINO 150, modelo paseo, de color negro y azul, quien al notar la presencia policial se torno nervioso motivo por el cual le di la voz de alto presentándonos …Policías del Estado Trujillo, seguidamente le ordene al AGENTE (F APET) Núñez EGAR que le Jalizara inspección de persona basándose en el articulo 205 del COPP, incautándole en el bolsillo derecho del … de color blanco con rallas grises y negras un (01) envoltorio confeccionados en material sintético transparente contentivo en su interior de restos vegetales que por su apariencia y olor sea presunta marihuana, y el bolsillo derecho del pantalón, cien (100) bolívares, motivo por el cual le informe al ciudadano el motivo ~ su detención leyéndoles sus derechos procesales y constitucionales, insertos en los Artículo 125 del … y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quedando el ciudadano plenamente…como: PEÑA HERNANDEZ EURO JOSUE. Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V.¬ 285.108, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en el callejo de Santa …parte Baja, del Municipio Autónomo Carvajal, seguidamente nos trasladamos asta la sede de … Delegación Valera para realizar el pesaje de la presunta Droga, siendo atendido por el AGENTE EXZON quien procedió a pesar la presunta droga en una balanza Marca T ANIT A, Modelo 1479, pesando lo …un (01) envoltorio confeccionados en material sintético transparente contentivo en su interior de … vegetales que por su apariencia y olor sea presunta marihuana para un peso de 2,9 gramos, posteriormente se le efectuó llamada telefónica a la fiscal de guardia Abg. Ingrid Peña, Fiscal 7mo. Del …Público, quien sugirió la elaboración de las diligencias pertinentes al caso y a remitirlas a la sub.¬ delegación Valera … Conjuntamente con el imputado para que le realice la respectiva reseña y …de posibles antecedentes, y posteriormente el detenido sea trasladado al reten policial El Cumbe a la orden de la referida representación fiscal, de igual forma a los elementos de interés criminalistico se le …respectiva experticia: dos (02) billetes de papel moneda de circulación nacional de la denominación de cincuenta (50) bolívares con los siguientes seriales: C35692770, A31557558, de igual forma una moto SELINO 150, modelo paseo, de color negro y azul, serial de chasis LE6PCKLL361632003, la cual se encuentra en el estacionamiento Valera a la orden de la fiscal 7mo del Ministerio Público. Es Todo, Terminó, Se Leyó y IEstando Conforme firma. . .”. Así mismo, solicito de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 numeral 4°, 63 Y 66, todos de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se declare la incautación preventiva de Cien Bolívares Fuertes descritos de la siguiente manera: Dos (02) billetes de la denominación de cincuenta bolívares (BF.50,00), seriales Nos. C-35692770 y…”, explicó los fundamentos de la detención policial de EURO JOSE PEÑA HERNANDEZ solicito se califique la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con lo establecido en articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, precalificando el delito como POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la SOCIEDAD, solicito la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO de conformidad con lo establecido en el artículo 373 Código Orgánico Procesal Penal y solicito se imponga Medida Judicial Preventiva de Libertad por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250 y 251, del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto tiene una conducta predelictual así mismo solicita al Tribunal la incautación preventiva de cien bolívares fuertes (100) descritos de la siguiente manera: dos billetes de la denominación de cincuenta bolívares (50.00), seriales números C-35692770 Y A31557558, los cuales se encuentran en calidad de deposito en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas sub delegación Valera estado Trujillo, una moto SELINO 150, modelo paseo, color negro y azul, serial de chasis LE6PCKLL361632003, para que sean puestos en caso de proceder en la definitiva a la orden de la oficina nacional antidrogas (ONA), de conformidad con lo establecido en los artículos 61 numeral 4, 63 y 66 todos de la ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas estado Trujillo es todo”. Seguidamente la Juez impuso del precepto constitucional establecido en el artículo 49, ordinal 5, y los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como los hechos que le imputa el Ministerio Publico, como la precalificación jurídica, quien se identifico como: EURO JOSUE PEÑA HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.285.108, ( no porta) nacido en fecha 17-09-1985, de 23 años de edad, nacido en Valera, grado instrucción séptimo ocupación albañil en brisas de Jalisco hago cocinas empotradas hijo de Clotilde Hernández Victor peñas, soltero, residenciado en el campo alegre callejón santa rosa, parte baja, casa 47 cerca de la escuela Rafael Urbina (diagonal) teléfono 02714162818, Municipio San Rafael de carvajal Estado Trujillo, quien manifestó: “Me acojo al precepto constitucional”. ”. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensora Pública quien expuso: “Solicito que se imponga a mi representado de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por cuanto se encuentran parcialmente llenos los extremos del articulo 250.3, 251, tiene arraigo, señala su dirección y teléfono, la pena a imponer no es mayor de diez años, en relación a la conducta predelictual no esta plenamente determinada no se ha admitido la acusación en el otro proceso, estoy de acuerdo con el procedimiento abreviado, y solicito copia de las actuaciones, es todo. El Tribunal de Control Nº 04, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, revisadas las presentes actuaciones y escuchadas las exposiciones de las partes y siendo lo elementos de convicción el acta policial “siendo las 10:00 horas de la noche del día Sábado 21 de Marzo de 2009, compareció por ante este Despacho El funcionario Policial. CABO/2DO (FAPET) GIL DOUGLAS, adscrito a la Brigada Motorizada N° 02 Valera, de la saría Policial N° 02 de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo, quien de conformidad a lo establecido en los artículos 110,111,112,113,117,125,205,207,248 Y 303 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 49 de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela, … plena de la siguiente diligencia policial practicada en el presente procedimiento: "En esta misma … siendo las 09:45 horas de la noche, encontrándome de servicio en labores de patrullaje en la Unidad "móvil M 2.25, en compañía del AGENTE (F APET) NUÑEz EGAR, en la Unidad Móvil M 2.4, cuando al tansitar por la calle 07 con Avenida 5, parroquia Juan Ignacio Montilla del Municipio autónomo Valera, vistamos a un (01) ciudadano quien iba conduciendo una moto CELINO 150, modelo paseo, de color negro y azul, quien al notar la presencia policial se torno nervioso motivo por el cual le di la voz de alto presentándonos …Policías del Estado Trujillo, seguidamente le ordene al AGENTE (F APET) Núñez EGAR que le Jalizara inspección de persona basándose en el articulo 205 del COPP, incautándole en el bolsillo derecho del … de color blanco con rallas grises y negras un (01) envoltorio confeccionados en material sintético transparente contentivo en su interior de restos vegetales que por su apariencia y olor sea presunta marihuana, y el bolsillo derecho del pantalón, cien (100) bolívares, motivo por el cual le informe al ciudadano el motivo ~ su detención leyéndoles sus derechos procesales y constitucionales, insertos en los Artículo 125 del … y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quedando el ciudadano plenamente…como: PEÑA HERNANDEZ EURO JOSUE. Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V.¬ 285.108, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en el callejo de Santa …parte Baja, del Municipio Autónomo Carvajal, seguidamente nos trasladamos asta la sede de … Delegación Valera para realizar el pesaje de la presunta Droga, siendo atendido por el AGENTE EXZON quien procedió a pesar la presunta droga en una balanza Marca T ANIT A, Modelo 1479, pesando lo …un (01) envoltorio confeccionados en material sintético transparente contentivo en su interior de … vegetales que por su apariencia y olor sea presunta marihuana para un peso de 2,9 gramos, posteriormente se le efectuó llamada telefónica a la fiscal de guardia Abg. Ingrid Peña, Fiscal 7mo. Del …Público, quien sugirió la elaboración de las diligencias pertinentes al caso y a remitirlas a la sub.¬ delegación Valera … Conjuntamente con el imputado para que le realice la respectiva reseña y …de posibles antecedentes, y posteriormente el detenido sea trasladado al reten policial El Cumbe a la orden de la referida representación fiscal, de igual forma a los elementos de interés criminalistico se le …respectiva experticia: dos (02) billetes de papel moneda de circulación nacional de la denominación Ide cincuenta (50) bolívares con los siguientes seriales: C35692770, A31557558, de igual forma una moto SELINO 150, modelo paseo, de color negro y azul, serial de chasis LE6PCKLL361632003, la cual se encuentra en el estacionamiento Valera a la orden de la fiscal 7mo del Ministerio Público. Es Todo, Terminó, Se Leyó y Estando Conforme firma.”. Así mismo, solicito de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 numeral 4°, 63 Y 66, todos de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se declare la incautación preventiva de Cien Bolívares Fuertes descritos de la siguiente manera: Dos (02) billetes de la denominación de cincuenta bolívares (BF.50,00), seriales Nos. C-35692770 y…”. Califica la Aprehensión en Flagrancia de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal del ciudadano EURO JOSUE PEÑA HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.285.108, ( no porta) nacido en fecha 17-09-1985, de 23 años de edad, nacido en Valera, grado instrucción séptimo ocupación albañil en brisas de Jalisco hago cocinas empotradas hijo de Clotilde Hernández Victor peñas, soltero, residenciado en el campo alegre callejón santa rosa, parte baja, casa 47 cerca de la escuela Rafael Urbina (diagonal) teléfono 02714162818, Municipio San Rafael de carvajal Estado Trujillo, por cuanto ocurrió al mismo momento de los hechos, por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la SOCIEDAD. Se decreta la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO de conformidad con lo establecido en el artículo 373 Código Orgánico procesal Penal por no haber más diligencias que practicar. Se decreta medida de Cautelar Sustitutiva de Libertad delito no prescrito que merece pena privativa de libertad, elementos de convicción de que es autor del hecho imputado como lo es el acta policial y la sustancia en si misma incautada y no existir peligro de fuga por la posible pena a imponer en la presente causa de conformidad con el articulo con los articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. 1-) Presentación cada DOS (02) DIAS ante el Tribunal, 2-) Prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del Tribunal, 3-) Presentarse al Tribunal y la Fiscalía del ministerio Público las veces que sea citado. Notifíquese al tribunal de Control Nº 05 TP01P-2006-002477 A los fines de que tenga conocimiento del procedimiento llevado por este Tribunal donde aparece el ciudadano EURO JOSUE PEÑA HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.285.108, En relación con la incautación preventiva solicitada por el ministerio Publico se declara sin lugar la solicitud de la moto SELINO 150, modelo paseo, de color negro y azul, serial de chasis LE6PCKLL361632003, la cual se encuentra en el estacionamiento Valera. En relación con los dos billetes de la denominación de cincuenta bolívares (50.00), seriales números C-35692770 Y A31557558, los cuales se encuentran en calidad de deposito en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas sub delegación Valera estado Trujillo, se acuerda para que sean puestos en caso de proceder en la definitiva a la orden de la oficina nacional antidrogas (ONA), de conformidad con lo establecido en los artículos 61 numeral 4, 63 y 66 todos de la ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se acuerda remitir LAS PRESENTES actuaciones ala Fiscalia actuante. Se acuerdan las copias solicitadas por la Defensor Público, a tal efecto se exhorta a que acuda ala Oficina del Alguacilazgo a realizar los tramites necesarios para su obtención. Se acuerda librar boleta de Libertad. Tómese la presente acta como resolución fundada. Se cumplió con todas las formalidades de ley, siendo las 02:20 de la tarde, se leyó y conformes firman.
Juez de Control Nº 04
Abg. Juleny Rosas
La Fiscal VII del Ministerio Publico Defensa Publica
Imputado
Abg. Magaly Castro Altuve
Secretaria del Tribunal