REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TIRBUNAL TERCERO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio
TRUJILLO, 9 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-006576
ASUNTO : TP01-P-2008-006576
Recibida como ha sido la presente solicitud, el Tribunal observa:
La Solicitud
El Fiscal VII del Ministerio Público del Estado Trujillo, solicita autorización para la destrucción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas relacionadas con la investigación fiscal Nº 21-F7-499-2008 seguida al ciudadano FRANCISCO JOSÉ LINARES ROSARIO, CON UN PESO REMANENTE DE UN (1) GRAMO CON SETECIENTOS (700) MILIGRAMOS (1,7 GRS) DE MARIHUANA Y TRESCIENTOS (300) MILIGRAMOS DE COCAINA BASE, REALIZADA POR LA EXPERTO ADSCRITA AL CICPC.
Motivación para Decidir
Establece el artículo 119 de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas:
“El juez de Control autorizará a solicitud del Ministerio Público la destrucción de las sustancias incautadas, previa identificación por expertos que designe al efecto, quienes constaran su correspondencia con la sustancia incautada.”
Revisada la solicitud Fiscal, anexa copia simple de la experticia y acta policial donde señalan la incautación referida, este Tribunal observa que la solicitud reúne los requisitos establecidos en la Ley Especial para ser acordada y en consecuencia, este Tribunal, acuerda la destrucción de la sustancia incautada, donde aparece como investigado el ciudadano FRANCISCO JOSÉ LINARES ROSARIO, CON UN PESO REMANENTE DE UN (1) GRAMO CON SETECIENTOS (700) MILIGRAMOS (1,7 GRS) DE MARIHUANA Y TRESCIENTOS (300) MILIGRAMOS (0,3 MGS) DE COCAINA BASE, REALIZADA POR LA EXPERTO ADSCRITA AL CICPC.
Decisión
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Autoriza a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, con la presencia de la experto adscrita al CICPC, para la destrucción de la sustancia incautada en la investigación fiscal Nº 21-F7-499-2008 seguida al ciudadano FRANCISCO JOSÉ LINARES ROSARIO, CON UN PESO REMANENTE DE UN (1) GRAMO CON SETECIENTOS (700) MILIGRAMOS (1,7 GRS) DE MARIHUANA Y TRESCIENTOS (300) MILIGRAMOS DE COCAINA BASE, REALIZADA POR LA EXPERTO ADSCRITA AL CICPC., preferiblemente por incineración. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Fiscalía VII del Ministerio Público a fin de que proceda conforme lo ordenado.
La Juez de Juicio N° 03
El Secretario
Abg. Lexi Matheus
Abg. Ruth Peña