REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 17 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-006821
ASUNTO : TP01-P-2008-006821
Por cuanto este Tribunal ordenó en esta misma fecha realizar el cómputo de pena en causa seguida al ciudadano RAUL ENRIQUE ROSARIO AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nª 12.499.202 se realiza de la siguiente forma:
En fecha 26- 02- 2.009 , el Tribunal de Control Nª 0 1 de este mismo Circuito Judicial Penal fue dictada y publicada sentencia condenatoria hoy definitivamente firme en contra del ciudadano RAUL ENRIQUE ROSARIO AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nª 12.499.202 ., a cumplir la pena de SEIS ( 06 ) AÑOS, CINCO ( 05 ) MESES Y DIEZ ( 10 ) DIAS DE PRISION por los delitos de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal y artículo 09 APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DE ROBO previsto en el artículo 09 de la ley sobre hurto y robo de vehículos automotores de lo cual se infiere:
PRIMERO: Se constata que el penado al ciudadano RAUL ENRIQUE ROSARIO AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nª 12.499.202 ., a cumplir la pena de SEIS ( 06 ) AÑOS, CINCO ( 05 ) MESES Y DIEZ ( 10 ) DIAS DE PRISION por los delitos de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DE ROBO previsto en el artículo 09 de la ley sobre hurto y robo de vehículos automotores y se encuentra privado de su libertad a partir del día 25 de noviembre del 2008, hasta la presente fecha , al aplicar el contenido del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal SE DESCONTARÁ DE LA PENA A JECUTAR la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso
SEGUNDO: El penado ciudadano RAUL ENRIQUE ROSARIO AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nª 12.499.202 cumplirá la pena principal en fecha 03- 05- 2.015. pudiendo ser con antelación mediante redención judicial por trabajo y o estudio efectivo.
El penado ciudadano RAUL ENRIQUE ROSARIO AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nª 12.499.202 no opta por la alternativa de suspensión condicional de la ejecución de la pena por cuanto la pena supera a los tres años .-
El penado ciudadano RAUL ENRIQUE ROSARIO AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nª 12.499.202 residenciado en Las Mesetas de Morón Edificio 05- apartamento 46 frente al Colegio Ricardo Labastidas Valera, Estado Trujillo , inició el cumplimiento de pena el 25-011- 2.008, y podrá solicitar los beneficios siguientes:
A Destacamento de Trabajo cuando cumpla una cuarta parte de la pena el día 05 de julio del 2.010.-
b) Régimen Abierto cuando cumpla un tercio de la pena, en fecha 17 de enero del 2.011.
c) Libertad Condicional, cuando dos tercios de la pena, en fecha 10 de marzo del 2.013.-.
d) Confinamiento: cuando cumpla las tres cuartas partes de la pena, en fecha 22 de Septiembre del 2.013.
Penas accesorias conforme al artículo 16 del Código Penal, se desaplican por decisión del Tribunal Supremo
Conforme a lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del COPP, se establece el Internado Judicial de Trujillo como lugar de reclusión para el cumplimiento de la pena. Solicitese sus antecedentes penales
Se acuerda el traslado del penado al Tribunal para su imposición para el día que por secretaria se fije en la agenda del Tribunal o en próxima guardia penitenciaria Notifíquese a las partes.- OFICIESE LO CONDUCENTE.-
El Juez
El Secretario
Antonio J. Moreno Matheus
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