REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion 01
TRUJILLO, 24 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-001947
ASUNTO : TP01-P-2007-001947
Vistas y estudiadas las actas procésales en causa seguida a la ciudadana MARIA ELSY MILLAR , titular de la cédula de identidad Nª 10.037.441 de 48 años de edad residenciad a en el Barrio 05 de Julio Sabana de Mendoza Estado Trujillo ; este Tribunal pasa a ejecutar la sentencia conforme a lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, al tenor siguiente:
En fecha Tres 03- 2.009 el Tribunal de Control N- 04 de este Circuito Judicial Penal fue dictada y publicada sentencia condenatoria hoy definitivamente firme en contra de la ciudadana MARIA ELSY MILLAR , titular de la cédula de identidad Nª 10.037.441 de 48 años de edad residenciad a en el Barrio 05 de Julio Sabana de Mendoza Estado Trujillo ; a cumplir la pena de UN AÑO Y CUATRO MESES DE PRISION por el delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZAS previsto en el artículo 4 42 Y 41 DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA de lo cual se infiere:
PRIMERO: Se constata que la ciudadana MARIA ELSY MILLAR , titular de la cédula de identidad Nª 10.037.441 NO se encuentra privada de su libertad
SEGUNDO: La penada ciudadana YOLIMAR DEL VALLE RIVAS MILLAR , le resulta procedente la medida alternativa de cumplimiento de pena de SUSPENSION CONDICIOINAL DE LA EJECUCION DE LA PENA por cuanto la pena impuesta es inferior a los tres años. SOLICITESE ANTECEDENTES PENALES Y LA REALIZACION DE ESTUDIOS TECNICOS se acuerda imponer a la penada y notificar a las partes, queda si ejecutada l sentencia condenatoria , y asi se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley.-
El Juez
La Secretaria
Antonio J. Moreno Matheus Maria Alejandra Moreno