TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 30 de Marzo de 2009.
198º y 150º
Actuación Nº 2524-1
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: MIGUEL LEONARDO TORRES RUIZ.
Vista la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano MIGUEL LEONARDO TORRES RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.718.920, domiciliado en jurisdicción del Estado Trujillo, asistido por la abogada MARÍA GABRIELA ALDANA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 120.382, solicita se declare a el MIGUEL LEONARDO TORRES RUIZ y a su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA)), como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta MARYSABEL PACHECO TORREALBA. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 3, acta de matrimonio al folio 5, acta de nacimiento inserta al folio 4 y declaración de testigos cursante a los folios 7 al 9. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta MARYSABEL PACHECO TORREALBA, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 3 de la solicitud, a su esposo MIGUEL LEONARDO TORRES RUIZ y a su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA)), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ
ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA
LA SECRETARIA

ABG. EVELYN RODRÍGUEZ