República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Sala de juicio N° 02.
Trujillo, 16 de Marzo de 2009. 198º y 150º.
DE LOS APODERADOS Y SUS PARTES
Parte solicitante: INES DE LOS REYES VILORIA DE ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro. 9.162.151.
Abogado Asistente: XIOMARA COROMOTO PACHECO MONTILLA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 56.160.
Motivo: Declaración de únicos y universales herederos.
Expediente Nº 3468-2

Síntesis.
En el presente proceso se inicia mediante solicitud presentada por la ciudadana INES DE LOS REYES VILORIA DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.162.151, quien actúa en nombre propio y en representación de sus hijos SILVIA PATRICIA y (Se omite sus nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA) asistida por la abogada XIOMARA COROMOTO PACHECO MONTILLA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 56.160, mediante la cual solicita que sean declaradas como únicos y universales herederos del ciudadano JORGE ENRIQUE ZAMBRANO TORRES, quien era: Venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.907.242. El Tribunal del estudio de los recaudos acompañados a la petición, a saber: a) Acta de Defunción del ciudadano JORGE ENRIQUE ZAMBRANO TORRES, signada con el Nro. 94, (Folio 03). b) Acta de matrimonio de los ciudadanos JORGE ENRIQUE ZAMBRANO TORRES y INES DE LOS REYES VILORIA SANCHEZ, signada con el Nro. 687, folio Nro. 04. c) Actas de nacimiento de SILVIA PATRICIA y (Se omite sus nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA), signada con los Nros. 687 y 1570 (Folios 05, y 06). d.) Justificativo de testigos mediante el cual los ciudadanos: DARWIN ANTONIO VILLAMIZAR SANCHEZ, MARIA ESMERALDA MATOS RANGEL y THAIS RAMONA MENDOZA FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.796.847, 19.147.638 y 3.903.108, respectivamente, al ser interrogadas: ¿…si es verdad y le consta que el ciudadano JORGE ENRIQUE ZAMBRANO TORRES, hoy difunto procreó dos hijos de nombres SILVIA PATRICIA Y (Se omite sus nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA) … ? Respondieron: “…Si nos consta…” ¿…si es verdad y le consta que la ciudadana INES DE LOS REYES VILORIA DE ZAMBRANO, como legitima esposa y SILVIA PATRICIA Y (Se omite sus nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA), como legítimos hijos son los únicos y universales herederos del ciudadano JORGE ENRIQUE ZAMBRANO TORRES…? Respondieron: “…si nos consta…”
Dispositiva.
Este Tribunal considera que se han cumplido todos los requisitos legales para la declaratoria con lugar de la solicitud, consideraciones por las cuales y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 78 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara como Únicos y Universales Herederos del fallecido ciudadano: JORGE ENRIQUE ZAMBRANO TORRES, quien era: Venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.907.242, como consta en el acta de


defunción, signada bajo el Nº 94, expedida por ante el Registro Civil del Municipio Valera del Estado Trujillo, a las siguientes personas: 1) A la ciudadana INES DE LOS REYES VILORIA DE ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro. 9.162.151. 2) A la ciudadana SILVIA PATRICIA ZAMBRANO VILORIA, y al adolescente (Se omite sus nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA), en su carácter de hijos del causante.
SEGUNDO: Entréguese todos los recaudos, así como cuatro (4) copias certificadas a la parte solicitante y déjese una copia en los archivos de este despacho.

Juez Unipersonal Nro. 02 El Secretario,

Abg. Alejandrina Rivas Ruiz. Abg. Jorge León A.


ARR/JLA/rosa.