REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
Sala de Juicio N° 2
198º y 149º
Trujillo, 24 de Marzo del 2009

Expediente Nº 05884

Vista la manifestación realizada por la ciudadana: MARÍA DEL ROSARIO MATERANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.125.460, quien solicita a este Tribunal el Egreso Definitivo de su hija la Niña: (Se omite su Nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la L.O.P.N.A.,) de 09 años de edad la cual se encuentra en el Servicio Autónomo de Protección del Niño, Niña y Adolescente Trujillano, (S.A.P.N.N.A.T) por cuanto la progenitora se compromete a no golpear a la niña.- En vista de que la solicitud de aplicación de Medida de Protección establecidas en los artículos 125 y 126 ejusdem, efecto al cual en virtud de estas normas de la misma Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se ordena el egreso definitivo de la Niña: (Se omite su Nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la L.O.P.N.A.,) quien se encuentra en el Servicio Autónomo de Protección del Niño, Niña y de Adolescente del Estado Trujillo y ser entregada a su madre la ciudadana: MARÍA DEL ROSARIO MATERANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.125.460
SEGUNDO: Se ordena a la progenitora ciudadano: MARÍA DEL ROSARIO MATERANO, acudir al equipo Multidisciplinario adscrito a este despacho a objeto de realizar las evoluciones acordadas

TERCERO: Provéase y ofíciese lo conducente.

La Juez Unipersonal N° 02 El Secretario


Abog. Alejandrina Rivas Ruiz Abog. Jorge Enrique León Alburjas

AARR/JELA/Kdvd
Exp: 05884