JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, VEINTISEIS (26) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
198° Y 150°
Por recibido constante de dos (02) folios útiles, anexo a la comunicación Nº CP29-09 de fecha 10-02-2009, actuaciones emanadas del Consejo de Protección del Niño (a) y del Adolescente del Municipio Boconó del Estado Trujillo; Désele entrada, anótese, numérese y fórmese expediente.- Y, por cuanto el Tribunal observa que los ciudadanos: MARYERLYN LILIANA GIL ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.190.021, domiciliada en el Sector el Pajarito de Visun, las Mesitas, cerca de la escuela, Parroquia General Ribas y JULIO CESAR LAGUNA BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.151.837, domiciliado en el Sector el Pajarito, las Mesitas, Parroquia General Ribas, de común acuerdo fijaron OBLIGACIÓN DE MANUTENCION para su hijo: WULINGER JOSÉ LAGUNA GIL, por la cantidad de CIENTO VEINTICINCO BOLIVARES (Bs. 125,00) QUINCENALMENTE, igualmente gastos de medicinas, vestuarios, entre otros, a todo lo cual se comprometió el ciudadano: JULIO CESAR LAGUNA BRICEÑO, mediante el Convenimiento celebrado por ante el referido Consejo de Protección del Niño (a) y del Adolescente del Municipio Boconó del Estado Trujillo. Este Tribunal, por cuanto observa que los términos convenidos por ambas partes no son contrarios a los intereses del mencionado niño; de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y del Adolescente, en concordancia con el artículo 8 ejusdem, le imparte su Homologación al Convenimiento celebrado por las partes y en consecuencia, se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Notifíquese mediante telegrama al ciudadano Fiscal Octavo de Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo sobre el inicio del presente procedimiento.- Notifíquese igualmente a las partes, haciéndoles saber que deben aperturar una cuenta de ahorros en el Banco BANFOANDES, Agencia Boconó, a los fines de que en la misma se hagan efectivos los correspondientes depósitos de Obligación de Manutención.- Líbrense Boletas de Notificación y entréguense al Alguacil del Despacho para la notificación de las partes.-
La Juez Temporal,
Abg. Soraya Soler Cuevas
La …
…Secretaria
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