REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, treinta de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-S-2009-000013
PARTE OFERENTE: ESTACIÓN DE SERVICIO AUTOVALESA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA ALEJANDRA JEREZ y JENNY PIRELA
PARTE OFERIDA: JOSE ALEJANDRO PEREZ
PROCURADOR DE TRABAJADORES: JUAN VILORIA
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy, 30 de Marzo de 2009, siendo las 2:42 PM, comparecen voluntariamente para la realización de audiencia especial los ciudadanos parte oferida JOSE ALEJANDRO PEREZ, titular de la cedula de identidad N- 10.907.408 asistido por el Procurador de Trabajadores Abg. JUAN VILORIA, inscrito en el IPSA bajo el N- 63.005 a los efectos de aceptar libre de constreñimiento la oferta real de pago efectuada por la oferente Empresa ESTACIÓN DE SERVICIO AUTOVALESA, representada legalmente por el ciudadano CARLOS JONCKHEER, titular de la cedula de identidad N-2.624.756, manifestando que revisada la misma se ajusta a derecho y esta de acuerdo con los conceptos de antigüedad, intereses, vacaciones fraccionadas 2009, bono vacacional fraccionado 2009, utilidades fraccionadas 2009 para un total de Bs. 2.614,79, que con el pago ofrecido la empresa nada le adeudara. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena a la oficina de Control y Consignación que entregue la libreta con la cantidad depositada al oferido. Por cuanto la parte se presento voluntariamente a recibir lo ofertado, queda sin efecto la fijación de audiencia preliminar pautada para el 14/04/2009. Ofíciese
La Juez

Abg. Yulibett Calderón

La Secretaria

Abg. Luz Salome Matheus




Procurador de Trabajadores
Oferido