REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiséis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: TP11-L-2008-000510
Vista el escrito presentado en fecha: 25-03-09, por las Abogadas: DEXI COROMOTO BERRIOS DE ALVAREZ, GREGORIA JOSEFINA BERRIOS ANDARA y MELISSA MARIA JOSE HERNANDEZ MARQUEZ, inscritas el I.P.S.A, bajo los N° 52.089, 22.207 y 130.460, mediante la solicita la INTERVENCION FORZOSA DE TERCEROS, por cuanto la demandada A/A SUPPLY C. A , contrato a la firma mercantil INVERSIONES EL POPULAR FERNANDEZ para suministrar el personal necesario para la ejecución de la obra de Rehabilitación y Mejoras de la Vía Agrícola Bocono-Guaramacal, Municipio Bocono Estado Trujillo, consignando Copia Fotostáticas simples de los recibos de pago efectuados por Mano de obra y en copia certificada del Registro de la Empresa llamada a la causa. Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo ADMITE la Tercería propuesta fundamentándose en el artículo 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y al debido proceso establecido en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se ordena emplazar mediante Cartel de Notificación, a la Tercera interviniente: INVERSIONES EL POPULAR FERNANDEZ, según consta al folio 208 de este expediente, en la dirección que cursa al mismo folio del Expediente, a fin de que comparezca por ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, asistido de abogado o representada por medio de apoderado, a las 10:30 de la mañana del DÉCIMO (10°) DIA HÁBIL SIGUIENTE, a que conste en autos la notificación, a los efectos de que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR. Igualmente se le hace saber a las partes que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios, en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar. Líbrese la notificación, junto con la orden de comparecencia y del presente auto; entréguese al Alguacil a los fines de que practique la notificación ordenada a la tercera interviniente. De conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se le advierte a la parte actora y a la demandada que se encuentran a derecho.
LA JUEZA CUARTA DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,

ABG. AURA ESTELA VILLARREAL.
LA SECRETARIA,


ABG. IRENE VANDERLINDER