REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CUARTO DE JUICIO DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 04 de Marzo del 2009
Años 197° y 149°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P- 2005-001341

“NEGATIVA DE SOLICITUD POR IMPROCEDENTE”


Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en Funciones Cuarto de Juicio del Estado Lara, pasar a pronunciarse, en cuanto a solicitud que hiciere las ciudadanas Mendoza Guevara y Hayde Coromoto, quienes no identifican sus datos filiatorios, y menos aún con que carácter actúan en el presente asunto, donde solicitan que se le celebre lo más pronto posible juicio a los acusados de marras, observando esta juzgadora que en fecha 26 de Noviembre de 2008 se difirió la apertura de juicio oral y público por incomparecencia del Ministerio Publico para el día 08 de Mayo de 2009, y siendo que ya se encuentra fijada una fecha próxima para la celebración del juicio considera quien aquí decide que es IMPROCEDENTE tal solicitud. Así se decide.

DECISIÓN

Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Cuarto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD incoada por las ciudadanas Mendoza Guevara y Hayde Coromoto, por IMPROCEDENTE.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

LA JUEZ DE JUICIO Nº 04

ABG. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ

SECRETARIA