Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contentivo de acuerdo celebrado entre los ciudadanos JOHANA KATIUSKA HERNANDEZ Y KENDER ALBERTO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 15.609.899 Y 17.379.510 respectivamente, y de este domicilio respectivamente, relacionado con el Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, este Tribunal le da entrada y la admite en cuanto ha lugar a derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, en donde llegaron al acuerdo siguiente:
PRIMERO: Mensualmente los padres llevaran a los niños al pediatra para realizarle valoración de las condiciones físicas en que se encuentran dejando constancia, posteriormente la madre le entregara los niños al padre. Dando inicio el día 26/01/09 a las 9:00 am.
SEGUNDO: Los niños permanecerán en la casa de la abuela paterna de lunes a sábados desde las 6:00 am hasta las 2:00 pm. Bajo la responsabilidad del padre.
TERCERO: El día sábado la madre buscara a los niños en casa de la abuela paterna y permanecerán con ella hasta el día lunes a las 6:00 am.
CUARTO: El día lunes a las 6:00 am. La madre entregara a los niños al padre o excepcionalmente a la abuela paterna en la avenida vargas con avenida Venezuela.
QUINTO: Los niños dormirán dos fines de semana al mes con el padre y dos fines de semana con la madre, de manera alternada (viernes, sábado y domingo)
SEXTO: El fin de semana que los niños duermen con le padre, los entregara a la madre el día lunes a las 2:00 pm.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenio entre los ciudadanos JOHANA KATIUSKA HERNANDEZ Y KENDER ALBERTO SANCHEZ y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los cinco (05) días del mes de Marzo de dos mil nueve (2009) . Años: 198° y 150°.
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