REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2008-016630

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA EUGENIO QUERALES YAJURE, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 16.643.560, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el caserio cerro El medio, Kilómetros 22, sector El Rodeo, via Quibor calle 1, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que tiene una superficie de 200 Mts2; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con calle 1, que es frente. SUR: Con bienhechurias de Maria Gimenez, ESTE: Con bienhechurias de Jenny Lameda y OESTE: Con bienhechurias Jose Cordero. Dichas bienhechurias esta constituidas por una pieza de paredes y techo zinc, cercada de alambre de púas sobre estantillos de madera El valor invertido es la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES FUERTE (Bs. F 3.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ANTONIO MENDOZA Y GILBERTO BANDRES, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana MARIA EUGENIO QUERALES YAJURE, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez Temporal


KEYDIS YARAIMA PÉREZ OJEDA

EL SECRETARIO ACC


GUSTAVO EMILIO POSADA




KPO/Milagro