REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Treinta de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-002733
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y habida consideración que la solicitante JOSEFA EMILIA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.727.757, de este domicilio, no tiene legitimación alguna para intentar la misma, y menos tiene vocación, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara declara INADMISIBLE la presente solicitud de rectificación.-
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/mm