REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2008-1147
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIMIENTO)

PARTE DEMANDANTE: DIXON ECHEVERRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.483.783
ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE: RIZEIDA RODRIGUEZ, IPSA Nro. 61.666
PARTE DEMANDADA: DOSANCA C.A
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA VICTORIA UZCATEGUI inscrito en el IPSA N° 74.407
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 30 de MARZO de 2009 siendo las nueve y media de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia que solo comparece la parte demandada, representada en este acto por la abogada LEGNA GONZALEZ, inscrita en el IPSA N° 44.214, carácter este que se evidencia de autos. Se deja constancia que no comparece la parte demandante ciudadano DIXON ECHEVERRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.483.783, ni por si ni por medio de apoderado judicial, tal como lo informó el alguacil JAVIER TORREALBA encargado de realizar el anuncio de la audiencia. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Se deja constancia que ente acto se entregan las pruebas a la demandante.




EL JUEZ

ABG. JOSÉ TOMÁS ÁLVAREZ MENDOZA


LA SECRETARIA

ABG. JOSELYN CARDENAS
LA PARTE DEMANDADA

EL ALGUACIL