REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control 03
TRUJILLO, 5 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-001467
ASUNTO : TP01-P-2009-001467
Visto el escrito presentado por ante el Alguacilazgo, en reserva, y oficio
signado bajo el N° TR-7-1268-2009 de fecha 04 de Mayo del 2.009, proveniente de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público y anexos se le da entrada, el curso de ley y para decidir observa:
La Abg. DIGNA MARY ARAUJO, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo solicita se expida ORDEN DE ALLANAMIENTO, REGISTRO Y EVENTUAL INCAUTACION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS de conformidad con el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal para ser practicada al ciudadano RAMON BRICEÑO conocido EL CRIMINAL, quien presuntamente se dedica a la distribución de sustancias ilícitas, en el sector CARRETERA NACIONAL, URBANIZACION INMACULADA, LADO DEL CONSULTORIO DE LA VIDENTE MERLINA, inmueble con una inscripción en la que se lee OSMAY, MUNICIPIO BOCONO ESTADO TRUJILLO, vivienda elaborada de bloques, frisada y pintada de color blanco ,
La representación fiscal anexa las probanzas de Acta de Investigación suscrita por funcionario HARVEY GAVIRIA adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas subdelegación de Boconó y agentes YEREMIAS CONTRERAS en Boconó, e inicio de la investigación por la Abg. DIGNA MARY ARAUJO, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, solicitud realizada y remitida en sobre cerrado, que el Tribunal acuerda de conformidad con lo pedido por llenar los requisitos exigidos por el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal y 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para ser practicada al ciudadano RAMON BRICEÑO apodado el criminal , quien presuntamente se dedica a la distribución de sustancias ilícitas, en el sector CARRETERA NACIONAL, URBANIZACION INMACULADA, LADO DEL CONSULTORIO DE LA VIDENTE MERLINA, inmueble con una inscripción en la que se lee OSMAY, MUNICIPIO BOCONO ESTADO TRUJILLO, vivienda elaborada de bloques, frisada y pintada de color blanco , la cual será practicada por funcionarios HARVEY GAVIRIA y YEREMIAS CONTRERAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas subdelegación de Boconó . quienes deberán cumplir en todo acto los derechos humanos de los investigados y las normativas constitucionales , caduca a los siete dias , y asi se decide Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley. Librese la orden de allanamiento, notifíquese al Ministerio Público.- Cúmplase
El Juez
El Secretario
Abg. Antonio J. Moreno Matheus Abg. Oscar Vinicio Briceño