REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 6 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-001485
ASUNTO : TP01-P-2009-001485

Visto el escrito presentado por ante el Alguacilazgo, en reserva, y oficio
signado bajo el N° TR-7-1278-2009 de fecha 05 de Mayo del 2.009, proveniente de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público y anexos se le da entrada, el curso de ley y para decidir observa:
La Abg. DIGNA MARY ARAUJO, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo solicita se expida ORDEN DE ALLANAMIENTO, REGISTRO Y EVENTUAL INCAUTACION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS de conformidad con el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal para ser practicada al ciudadano ALIRIO ANTONIO MILLA, quien presuntamente se dedica a la distribución de sustancias ilícitas, en el sector PRIMERA SABANA, CALLE EL ANCIANATO, CASA SIN NUMERO, PARROQUIA EL CARMEN MUNICIPIO BOCONO ESTADO TRUJILLO, vivienda elaborada de bloques frisada y pintada de color blanco con puerta de madera color negro .
La representación fiscal anexa las probanzas de Acta de Investigación suscrita por funcionarios YVAN VALERA, PEREZ JOSE y JORGE ALDANA adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas inicio de la investigación por la Abg. DIGNA MARY ARAUJO, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, solicitud realizada y remitida en sobre cerrado, que el Tribunal acuerda de conformidad con lo pedido por llenar los requisitos exigidos por el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal y 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para ser practicada al ciudadano ALIRIO ANTONIO MILLA, quien presuntamente se dedica a la distribución de sustancias ilícitas, en el sector PRIMERA SABANA, CALLE EL ANCIANATO, CASA SIN NUMERO, PARROQUIA EL CARMEN MUNICIPIO BOCONO ESTADO TRUJILLO, vivienda elaborada de bloques frisada y pintada de color blanco con puerta de madera color negro .l .la cual será practicada por funcionarios ya citados YVAN VALERA, PEREZ JOSE y JORGE ALDANA.-quienes deberán cumplir en todo acto los derechos humanos de los investigados y las normativas constitucionales , caduca a los siete dias , y asi se decide Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley. Librese la orden de allanamiento, notifíquese al Ministerio Público.- Cúmplase


El Juez

El Secretario

Abg. Antonio J. Moreno Matheus Abg. Oscar Vinicio Briceño