REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 11 de mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-001163
ASUNTO : TP01-P-2009-001163
RESOLUCIÓN DE PRORROGA
Estando en la oportunidad procesal a que se contrae el cuarto aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, para que el ministerio fiscal solicite prorroga hasta por un máximo de quince (15) días adicionales para presentar acto conclusivo en la causa seguida contra el ciudadano MIGUEL ANGEL SIMOZA ABREU, por la presunta comisión de uno de los de Sustancia estupefaciente y Psicotrópica; este tribunal pasa a decidir sobre lo peticionado en audiencia oral y privada, en los siguientes términos:
SOLICITUD DEL MINISTERIO FISCAL
La ciudadana Fiscal VII del Ministerio Público, abogado Ingrid Peña solicita la prorroga legal de quince (15) días para presentar el acto conclusivo, por considerar que faltan las resultas de las practicas de las diligencias solicitadas por la defensa privada la cual ya ha sido ordenada en la oportunidad correspondiente
OPINIÒN DE LA DEFENSA
La Defensa Privada quien expuso que no tiene ninguna oposición a la solicitud fiscal y que en el transcurso de la tarde solicitara unas diligencias ante la referida Fiscalía útiles y pertinentes en el proceso seguido a su defendido.
DECLARACIÒN DEL IMPUTADO
Se le concedió el derecho de palabra al ciudadano imputado quien se identificó como MIGUEL ANGEL SIMOZA ABREU, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-20.984.930, nacido en Paraguaipoa Estado Zulia, el 28/05/1985, de 23 años de edad, profesión u oficio Ayudante de Albañil, quien reside en Urb. San Juan, calle Carrillo, diagonal a la Vereda Principal, casa s/Nº, a 50 Mts aproximadamente de la orilla del rió, Carache Estado. Trujillo, hijo de Marbella Abreu y Miguel Simoza y expuso no tener nada que declarar en relación con la solicitud fiscal.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito judicial penal del estado Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; OTORGA LA PRORROGA solicita por la Fiscalia VII del Ministerio Publico del Estado Trujillo y en consecuencia concede prorroga de quince (15) días para la presentación del respectivo acto conclusivo, manteniéndose la vigencia de la Medida de Privación Preventiva de Libertad sobre el imputado MIGUEL ANGEL SIMOZA ABREU, plenamente identificados, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, correspondiendo a la representación Fiscal la presentación del acto conclusivo el día miércoles veintisiete (27) de Mayo del presente año, ambas fechas inclusive
La Jueza de Control Nº 04
YELITZA PÉREZ PÈREZ
La Secretaria
IRIS DABOIN.