PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 18 de Mayo de 2009.
199º y 150º
Actuación Nº 2613-1
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: LISBETH MARGARITA BARRIOS.
Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana LISBETH MARGARITA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.798.648 domiciliada en el Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo, asistida por el abogado DOUGLAS ALEXIS BRICEÑO RODRÍGUEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el número 30.281, solicita se declare a ella LISBETH MARGARITA BARRIOS, y a sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA)como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto NOE DAVID DELGADO QUINTERO. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 3, acta de matrimonio al folio 2, actas de nacimiento inserta a los folios 4 y 5 y declaración de testigos cursante a los folios 17 al 21. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto NOE DAVID DELGADO QUINTERO, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 3 de la solicitud, a su esposa LISBETH MARGARITA BARRIOS y a sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ
ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA
LA SECRETARIA
ABG. EVELYN RODRÍGUEZ
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