LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
Su Juez Natural, Abogada Mayerling Lisbeth Cantor Arias y el Secretario Titular del Despacho, Abg. Jorge Enrique León A., quien lo refrenda
Produce el presente fallo
Trujillo, 19 de Mayo del 2009
199° y 150°

DEMANDANTE: Nelson José Gil Gudiño, titular de la cédula de identidad N° V-19.427.764
DEMANDADO: Miguel Ángel Gil Valera, titular de la cédulas de identidad N° V-5.356.435
MOTIVO: Obligación de Manutención

Vista la exposición efectuada por el ciudadano: Nelson José Gil Gudiño, titular de la cédula de identidad N° V-5.356.435, parte demandante en el presente proceso de Extensión de Obligación de Manutención, mediante la cual desiste de la presente demanda, en consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO. Igualmente el tribunal acuerda el archivo del presente expediente. Así se decide, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Publíquese y cópiese.-

La Juez Provisorio El Secretario

Abog. Mayerling L. Cantor Arias Abog. Jorge Enrique León Alburjas

MLCA/JELA/Kdvd
EXP: N° 02362