SALA DE JUICIO N° 2
Trujillo, 26 de Mayo de 2009
199° y 150°

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

Solicitante: MARIA GUADALUPE MALDONADO CARRERO, titular de la cédula de identidad N° 12.038.670.
Abogado asistente: BEATRIZ CARRERO DE MALDONADO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 43.197.
Motivo: Autorización para viajar
N° Expediente: 3558-2
SINTESIS

El presente proceso se inicia mediante solicitud formulada por la ciudadana MARIA GUADALUPE MALDONADO CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.038.670, actuando en representación de su hijo el niño (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), asistida por la abogada BEATRIZ CARRERO DE MALDONADO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 43.197, por medio de la cual requirió por ante este Tribunal autorización para viajar con su hijo antes identificado, a Santa Marta Colombia con fecha de partida el día 05 de septiembre de 2009, y con regreso el día 12 de septiembre de 2009, por ante la línea Avianca, según pasajes Nros. 1343517375881 y 1343517375882, el tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:
El Tribunal observa que la solicitante ejerce conjuntamente con el ciudadano MARTIN EDUARDO DEL CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. E-82.029.188, la patria potestad, más, al ser citado éste compareció por ante este Tribunal quien manifestó estar de acuerdo con dicha solicitud realizada.

Por todo lo antes expuesto y según lo establecido 78 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, considera procedente otorgar la autorización solicitada, por resultar beneficioso al interés superior del beneficiario, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, declara con lugar la solicitud y en consecuencia:

DISPOSITIVA

PRIMERO: Se autoriza a la ciudadana MARIA GUADALUPE MALDONADO CARRERO, ya identificada en autos, para que viaje junto a su hijo (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), a Santa Marta Colombia con fecha de partida el día 05 de septiembre de 2009, y con regreso el día 12 de septiembre de 2009, por ante la línea Avianca, según pasajes Nros. 1343517375881 y 134351737588.
SEGUNDO: Entréguesele dos (2) copias debidamente certificadas de esta decisión a la parte solicitante.


La Jueza Unipersonal Nro. 2,

El Secretario Titular,
Abg. Mayerling Lisbeth Cantor Arias

Abg. Jorge León Alburjas


MLCA/JELA/rosa
Exp. 3558-2