REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 14 -05-2009
199° y 150°
AUDIENCIA PRELIMINAR (Desistida)
ASUNTO Nº KP02-L-2008-891
PARTE ACTORA: RAFAEL PASTOR PEÑA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 17.267.911
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: CARLA CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.041
PARTE DEMANDADA: Ciudadano RICARDO BENEDETTO (CABALLERIZAS), titular de la cedula de identidad Nº 6.131.987, venezolano, mayor de edad. Con domicilio en la ciudad de Barquisimeto- Estado Lara.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 14 de mayo de 2009, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que la parte actora ciudadano RAFAEL PASTOR PEÑA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 17.267.911 y la parte demandada Ciudadano RICARDO BENEDETTO, no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil José Antonio Márquez, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA
ABOG. YESENIA VASQUEZ
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