REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 26 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-000776
ASUNTO : TP01-S-2009-000776
Oídas las partes durante la celebración de la Audiencia de Calificación de flagrancia, este Juzgado de Control, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 173, y 246 del Código Orgánico Procesal Penal, y articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violencia, pasa a motivar las decisiones adoptadas en la misma, para lo cual, hace las siguientes consideraciones:
DATOS DEL IMPUTADO
ALEXANDER DE JESUS SEGOVIA, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 19.428.290, de ocupación Obrero, hijo Ubencita del Carmen Segovia y Juan Gil, natural de Trujillo Estado Trujillo, de 25 años de edad, nacido en fecha 03-06-1981, residenciado en el sector la Platera, parte alta, cerca de la Guardia nacional, casa S/N, es de Bahareque, Municipio Carache Estado Trujillo
ENUNCIACION DE LOS HECHOS QUE SE LE ATRIBUYEN
La representación Fiscal le atribuye al ciudadano ALEXANDER DE JESUS SEGOVIA , los hechos narrados de la siguiente manera: el señor Alexander llego a la casa de la victima amenazándola que la iba a matar, y le decía que me cuidara, quien puñales a oscar Camacho, luego subió al cerro y siguió con la misma aptitud. La fiscalía solicita igualmente que se decrete la aprehensión en flagrancia del imputado ALEXANDER DE JESUS SEGOVIA, antes identificado, por la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO O AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 primer aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARINA MARIA INES ESCALONA TERAN, se acuerde medida cautelar de sustitutiva de libertad.
DE LA PRECALIFICACIÓN JURÍDICA
Tal y como fuera mencionado up supra, la fiscalía del Ministerio Público, precalifica los hechos narrados como los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO O AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 primer aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARINA MARIA INES ESCALONA TERAN, calificación ésta que comparte quien decide de manera total , ya que encuentra asidero en las actas procesales, siendo adecuado en consecuencia el tipo penal precalificado por la representación fiscal. Así se decide.-
DISPOSITIVA
En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Violencia Contra la Mujer de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Se decreta sin lugar la aprehensión en flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de que revisada como ha sido la causa la denuncia plasmada que riela al folio Dos (02) se evidencia unos hechos actuales que no encuadran el tipo penal alguno, en cuanto a la victima en cuestión, mas sin embargo existen según la denuncia hechos o circunstancia que se pudieran precalificar como el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO O AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 primer aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARINA MARIA INES ESCALONA TERAN. SEGUNDO: Se decreta la LIBERTAD PLENA SIN RESTRICCIONES, Se ordena librar boleta de libertad. TERCERO: Se Acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL de conformidad con el 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias en concordancia con el articulo 93 de la misma ley. Se ordena librar la correspondiente Boleta de Libertad. Líbrese lo conducente. Así se decide.
ABG. MARITZA RIVAS ARAUJO
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nª 01
EL SECRETARIO
ABG. ROLANDO BRICEÑO