REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE
CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO

TRUJILLO, 13 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-005547
ASUNTO : TP01-P-2008-005547

RESOLUCIÓN DE
AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas del día de hoy 29 de Abril de 2009 a la 01:00 de la tarde, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la causa seguida al Imputado CARLOS ANTONIO CARRASCO QUERALES, se constituyó este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Nº 02 Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo del Juez Abg. José Alberto Berroterán O., acompañado del Secretario de Tribunal Abg. Jonnathan Briceño, a los fines de dar inicio al acto en virtud del escrito de acusación interpuesto por el Fiscal I del Ministerio Público en contra del imputado CARLOS ANTONIO CARRASCO QUERALES por la presunta comisión de los delitos AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FÍSICA previstos y sancionados en los artículos 41 primer aparte y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana DANESA CAROLINA BARRIOS. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: LA FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. REINA PIMENTEL, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, NO SE ENCUENTRAN PRESENTES EL IMPUTADO CARLOS ANTONIO CARRASCO QUERALES LA VÍCTIMA DANESA CAROLINA BARRIOS. El Juez vista la ausencia de las partes acuerda dar un lapso de espera de 30 minutos. Transcurrido el lapso de espera El Juez le solicita al secretario verificar nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: LA FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. REINA PIMENTEL, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, NO SE ENCUENTRAN PRESENTES EL IMPUTADO CARLOS ANTONIO CARRASCO QUERALES de quien según resulta de citación de fecha 10/05/2009 se le informa que ya no reside en ese sector LA VÍCTIMA DANESA CAROLINA BARRIOS a quien se le libró cartel de citación. En este estado el Tribunal observa que al Imputado se le sigue diversos procedimientos ante el Tribunal de Control Nº 01 de Audiencia y Medidas signadas con el Nº TP01-S-2009-481 la cual se encuentra en fase preparatoria y TP01-S-2009-501 la cual se encuentra en fase Intermedia por la presunta comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA, delito previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de DANESA CAROLINA BARRIOS dictando el Tribunal Primero de Control Audiencia y Medidas Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 02/04/2009, observando este Tribunal, que se trata de los mismos intervinientes, tanto el Autor como la víctima, y por haberse declinado la presente causa en fecha 20/10/2008 avocándose este Tribunal Segundo de Control Audiencia y Medidas el 19/11/2008, la causa con el delito más grave es decir VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZAS AGRAVADA, y ser el Tribunal que de la prevención: Resuelve:

DISPOSITIVA

ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Acuerda oficiar con carácter de URGENCIA (por encontrarse detenido el Imputado en dicha causa) al Tribunal de Control Nº 01 de Audiencia y Medida a los fines de que remita la causa signada con el Nº TP01-S-2009-501 PARA SU ACUMULACIÓN A LA PRESENTE CAUSA conforme al artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. SE ACUERDA FIJAR LA AUDIENCIA POR AUTO SEPARADO HASTA TANTO SE ACUMULEN LAS ACTUACIONES. SE LE INFORMA A LAS PARTES QUE LA PRESENTE ACTA CONTIENE EL AUTO FUNDADO DE LA DECISIÓN TOMADA. Quedan las partes presentes notificadas. Notifíquese a la Víctima de la Presente Decisión mediante CARTEL.

El Juez


Abg. José Alberto Berroterán O.

El Secretario

Abg. Jonnathan Briceño