REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
SECCION ADOLESCENTES
TRIBUNAL DE CONTROL Nº 01
Barquisimeto, 26 de Mayo de 2009
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-D-2009-000142
AUTO DE MODIFICACION DE MEDIDA DE PRESENTACION
Vista la solicitud efectuada por la Defensora Publica Abg. Zaida Monsalve, actuando en representación del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal luego de la revisión exhaustiva del asunto y de la revisión del Sistema computarizado Juris 2000, se evidencia que el adolescente ha cumplido con la medida de presentación cada ocho (08) días, la cual fue impuesta por este Tribunal 16-02-2009, es por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA LA MODIFICACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR; en consecuencia acuerda que la medida cautelar de presentación impuesta por este Tribunal, contenida en el literal “C” del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes sea cada treinta (30) días por ante este Tribunal.
Este Tribunal acuerda el cambio solicitado en virtud de que el estado tiene la obligación de garantizar a los adolescentes imputados trato acorde con el fomento de su sentido de la dignidad humana, promoviendo la reintegración del adolescente, a los fines de que este asuma una función constructiva en la sociedad y se observa en el Sistema Juris, su efectivo cumplimiento de la medida cautelar.
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le ACUERDA LA MODIFICACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR; al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia acuerda que la medida cautelar de presentación impuesta por este Tribunal, contenida en el literal “C” del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes sea cada treinta (30) días por ante este Tribunal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS
LA SECRETARIA
ABG. ROSA MENDOZA
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