En fecha 15/04/2009, los ciudadanos: NELSON RAMON PEROZO SIRA y BEATRIZ MERCEDES GARCÍA DE PEROZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nos. 4.739.261 y 7.367.383, respectivamente, civilmente hábil y de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio MIRIAN ANAY BARRIOS BERMUDEZ, inscrita en el Inpreabogado Nº 127.511; presentaron solicitud de divorcio, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil es decir, ruptura prolongada de la vida en común por más de cinco años. Admitida la solicitud se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Se notificó en fecha 23/04/2009. En fecha 27/04/2009 La Fiscal del Ministerio Público en materia de familia presentó escrito sin objeciones a la solicitud. Para decidir, el Tribunal, observa: ---------------------------------------------------------------------------------