Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARYELIS DEL CARMEN PERNALETE MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-14.270.976, y domiciliada en el Sector Las Veras, Km. 12, carretera vieja vía Carora, Pavía, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado, teléfono: 0416-1260853, asistido por la abogada en ejercicio RAMONA LOYO S., inscrita en el IPSA bajo el N° 62.250, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, unas bienhechurías constituidas por una vivienda de habitación, ubicadas en el Sector Las Veras, Km. 12, carretera vía Carora, Pavía, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, con las siguientes características: paredes zinc, techo zinc, piso de tierra, con instalaciones eléctricas, aguas blancas sin aguas servidas, cerca alambre de púa con estantillo de madera y árboles frutales diversos, distribuida de las siguientes manera: una (1) habitación y baño. El tiempo de posesión de la misma de ocho (8) años. Dichas bienhechurías están construidas sobre un lote de terrenos EJIDO, con una medida de VEINTE METROS (20Mts.) de frente por CINCUENTA METROS (50 Mts.) de fondo, para una superficie total de MILMETROS CUADRADOS (1000Mts2) aproximadamente. Alinderados de las siguientes manera. NORTE: Con carretera nacional que es su frente; SUR: Con parcela sola; ESTE: Con parcela de María Pernalete; y OESTE: Con parcela de Jenny Pernalete. En dicha bienhechurías invirtió la cantidad de DIEZ MIL BOLIAVRES SIN CENTIMOS (Bs.F. 10.000,00), equivalente a 181,81 Unidades Tributarias. El área de construcción de las bienhechurías existente en el lote de terreno es de SEIS METROS (6Mts.) de frente por SEIS METROS (6 Mts.) de fondo.