REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 25 de noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-000734
ASUNTO : TP01-P-2009-000734
Por cuanto por ante la Secretaría de este Tribunal de Ejecución se recibió la presente causa, corresponde proceder a la ejecución de la Sentencia Condenatoria, impuesta a ANDRES ENRIQUE MATERAN GOMEZ, quien fue condenado por el Tribunal de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena corporal de TRES (03) AÑOS de PRISIÓN, más las accesorias legales correspondientes, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la ley Orgánica contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes Y psicotrópicas y el delito de INDUCCION SIN ÉXITO AL DELITO DE CORRUPCION, previsto y sancionado en el artículo 63 de la Ley Orgánica contra la Corrupción en concordancia con el artículo 62 ejusdem en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia impuesta a ANDRES ENRIQUE MATERAN GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº 18.802.493, conforme a lo establecido en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal y como quiera que por la pena impuesta es procedente el otorgamiento de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se ACUERDA, oficiar a la Unidad técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 04 del Estado Trujillo, a la División de Antecedentes Penales. Se ordena notificar al Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, al defensor y se ordena notificar al penado a los fines de que acuda a este Tribunal a los fines de ser impuesto de la presente decisión.- Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 3,
MIGUEL HERNANDEZ SALINAS.
La Secretaria,
LAURA ARAUJO PILYPIUK
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