REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 25 de noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-000310
ASUNTO : TP01-S-2009-000310
Por cuanto por ante la Secretaría de este Tribunal de Ejecución se recibió la presente causa, corresponde proceder a la ejecución de la Sentencia Condenatoria, impuesta a , quien fue condenado por el Tribunal de Control N° 1 de Violencia contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena corporal de UN AÑO, UN MES Y OCHO DIAS DE PRISION de PRISIÓN, más las accesorias legales correspondientes, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO Y HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos 39, 40 y el primer aparte del artículo 41 de la Ley orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia impuesta a OSCAR JOSE DELAGADO BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº 10.264.837, conforme a lo establecido en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal y como quiera que por la pena impuesta es procedente el otorgamiento de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se ACUERDA, oficiar a la Unidad técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 04 del Estado Trujillo, a la División de Antecedentes Penales. Se ordena notificar al Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, al defensor y se ordena notificar al penado a los fines de que acuda a este Tribunal a los fines de ser impuesto de la presente decisión.- Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 3,
MIGUEL HERNANDEZ SALINAS.
La Secretaria,
LAURA ARAUJO PILYPIUK
|