REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.

Su Juez Natural, abogado ROLANDO LAZARO QUINTANA BALLESTER, con Cédula de Identidad No.4.147.902, quien lo suscribe, y la Secretaria Titular, abogada MIREYA CARMONA TORRES, con Cédula de Identidad No. 8.721.077, quien lo refrenda.
ACTUANDO EN SEDE MERCANTIL, produce el siguiente fallo: Interlocutorio.

EXPEDIENTE Nº 22.056
DEMANDANTE: Abg. Hernández García Eugenio E., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.760.811, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 28.008, domiciliado en la ciudad y Municipio Valera, del Estado Trujillo y actuando con el carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano Jean Carlo Arbelaez Matheus, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.376.359, domiciliado en la ciudad y Municipio Valera, del Estado Trujillo.
DEMANDADA: Simancas Mejias Carol Yinett, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.038.469, domiciliada en la Urbanización La Beatriz, Residencias Tabay, piso 07, apto 07-05 Valera, del Estado Trujillo.
MOTIVO: PROCEDIMIENTO POR INTIMACION.

Ú N I C A:

Vista la diligencia suscrita por el abogado Eugenio Hernández en su carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano JEAN CARLO ARBELAEZ MATHEUS, ante el Juzgado de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha Veintidós (22) de Septiembre de Dos Mil Seis (2006), cursante al folio 25, mediante la cual desiste del procedimiento incoado en contra de la demandada la ciudadana CAROL YINETT SIMANCAS MEJIAS; este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO, de conformidad con el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles de su representada, este Tribunal se dá por terminada la presente causa, se pasa en autoridad de cosa juzgada, se ordena el archivo definitivo del expediente. Remítase al archivo judicial en su oportunidad.- Publíquese y Cópiese.- Dada, firmada y sellada en la sede donde despacha este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En Trujillo, a los Tres (03) días del mes de Noviembre de 2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Titular,

Abg. Rolando Lázaro Quintana Ballester.
La Secretaria Titular,

Abg. Mireya Carmona Torres.
En la misma fecha y previas las formalidades de Ley, se publicó el fallo anterior, siendo las: __________________.

La Secretaria Titular,


Abg. Mireya Carmona Torres




Eep.