EXP. 11249

...GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
Trujillo, 10 de Noviembre de 2009 198° y 150°
Recibidas por Distribución las presentes actuaciones, contentivas de la INHIBICIÓN formulada por la abogada SORAYA COROMOTO SOLER CUEVAS, Juez Temporal del Juzgado de los municipios Bocono y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la cual manifestó que se inhibe de conocer en la presente causa por cuanto guarda relación con el expediente civil Nº 2177-2008, en el cual decidió en fecha doce (12) de agosto del 2.008
Ahora bien, este Tribunal Superior a los fines de pronunciarse sobre la inhibición formulada y vistos los hechos alegados por la Juez inhibida, así como las actuaciones que en copia fotostáticas certificada corren insertas en este expediente, procedió a efectuar el correspondiente análisis de las actas que conforman el presente cuaderno de inhibición, y en razón de que tales actuaciones remitidas para su consideración y decisión, se evidencia la materialización del motivo alegado por la prenombrada Juez para apartarse del conocimiento del expediente que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intenta la ciudadana ALEIDA MARGARITA GALLARDO titular de la cédula de identidad No. 10.263.635, en contra de la ciudadana YANETT JOSEFINA CABRERA MORILLO, con cédula de identidad No. 9.379.324; razón por la cual considera este Juzgador que dicha inhibición está hecha en forma legal y fundada en una de las causales establecidas por la ley y acogiendo el criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 29 de Noviembre de 2000, en la cual dictaminó: “...es necesario señalar en este punto, que el legislador estableció una presunción de verdad respecto a lo dicho por el Juez en el acta de inhibición...”, especialmente por ministerio expreso del artículo 88 eiusdem, este Tribunal Superior administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada en el presente caso.
Publíquese, Regístrese, cópiese y remítase el expediente en su oportunidad al Tribunal de origen y anótese su salida.

El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes.

La Secretaria Titular,

Abg. Diana Isea Briceño

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, registrándose la decisión a las nueve horas y treinta de la mañana (9:30 a.m).

La Secretaria Titular,


Abg. Diana C. Isea Briceño.