EXP. Nº 11002
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.

En fecha 26 de noviembre del 2.008, se le da entrada a la presente solicitud que es recibida por distribución el día 14 del mismo mes y año, contentiva de la RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana ANA LUISA FERRARO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad No. 2.271.779, domiciliada en el municipio y estado Trujillo, debidamente asistida por la Profesional del Derecho Fanny Coromoto González, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 123.292, mediante la cual expuso lo siguiente:
Que solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento en lo que concierne al nombre de su difunto padre JOSE UMBERTO OCTAVIANO FERRARO GONZALEZ, según en la sentencia de fecha 02 de noviembre del 2.007. Que la rectificación se hará en el sentido de corregir el nombre de su padre José Humberto Octaviano Ferraro González, por cuanto en su Acta de Nacimiento aparece como HUMBERTO FERRARO, el cual está errado, ya que su verdadero nombre es JOSE UMBERTO OCTAVIANO FERRARO GONZALEZ.
Que por cuanto no hay terceros que puedan perjudicarse con la presente solicitud, pide que la misma sea sustanciada sea admitida y sustanciada conforme a derecho y declarada con lugar con todos los pronunciamientos de ley.
Para efectos probatorios la solicitante consigna: Copias certificadas de su Partida de Nacimiento expedidas tanto por la oficina de Registro Civil Municipal del municipio Trujillo, como por el Registro Principal del estado Trujillo; copia de su cédula de identidad; copias de la sentencia de la Inserción de Partida de Nacimiento de su padre José Humberto Octaviano Ferraro Gonzáles, de fecha 02-11-07, dictada por este Tribunal; copias simples del acta de matrimonio de Humberto Ferraro y Ángela Saavedra; y acta de defunción de Humberto Ferraro.
Admitida la solicitud en fecha 17 de julio de 2.009, el Tribunal ordenó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Trujillo y publicar un Cartel de Citación en el Diario “El Tiempo” de la ciudad de Valera, Estado Trujillo, emplazando a cuantas personas pudieran ver afectados sus derechos por la rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana Ana Luisa Ferraro de González. Se libró edicto y boleta conforme a lo ordenado.
En fecha 05 de agosto de 2.009, se agrega la boleta donde consta la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Trujillo.
En diligencia de fecha 11 de agosto de 2.009, la parte actora consigna el ejemplar “El Tiempo” donde aparece publicado el Cartel de Citación ordenado, el cual es agregado a las actas respectivas; y en fecha 05 de octubre de 2.009, el Tribunal conforme el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, ordena citar por medio de boleta a la Fiscal VIII del Ministerio Público; citación esta que fue practicada en fecha 19 de octubre de 2.009, según boleta que corre inserta al folio 43 de este expediente.
Este Tribunal procede a dictar sentencia de la siguiente manera:
Ú N I C O
La ciudadana Ana Luisa Ferraro de González, solicita al Tribunal se ordene la rectificación de su Partida de Nacimiento signada con el Nº 106, que corre inserta en los libros de registro civil de nacimientos llevados por la Prefectura del municipio Tostos, Distrito Bocono del estado Trujillo. Que la rectificación se hará en el sentido de corregir el nombre de su progenitor, ya que se incurrió en el error de identificarlo como “HUMBERTO FERRARO”, siendo lo correcto: “JOSE UMBERTO OCTAVIANO FERRARO GONZALEZ”.
Ahora bien, este tribunal después de analizar las pruebas aportadas por el solicitante, las cuales no fueron desvirtuadas durante el proceso, como son: copia certificada del Acta de Nacimiento de la solicitante; copia de la sentencia de inserción de Partida de Nacimiento del padre de la solicitante; acta de matrimonio de la solicitante y copias de cédulas de identidad; documentos estos de los cuales se demuestra que efectivamente al momento de asentar la Partida de Nacimiento de la ciudadana ANA LUISA, se incurrió en el error de identificar a su progenitor con el nombre de Humberto Ferraro, siendo lo correcto: “JOSE UMBERTO OCTAVIANO FERRARO GONZALEZ”; razón por la cual considera este Juzgador procedente en derecho el pedimento solicitado por la ciudadana Ana Luisa Ferraro de González y ASÍ SE DECIDE.
D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ANA LUISA FERRARO DE GONZALEZ, la cual corre inserta en los libros de registro civil de nacimientos llevados por la Prefectura de la Parroquia Tostos, municipio Bocono del estado Trujillo, bajo el Nº 106, Folios 38 vto. 39, Tomo I, del año 1.926. En tal virtud, se ordena oficiar, tanto al Registrador Principal, como al Delegado Registrador Civil de la Alcaldía del municipio Bocono, ambos del estado Trujillo, a fin de que se corrija en el acta de nacimiento de la prenombrada ciudadana el nombre de su progenitor, en el sentido siguiente: Donde se escribió: “HUMBERTO FERRARO”, debe decir: “JOSE UMBERTO OCTAVIANO FERRARO GONZALEZ”. ASÍ SE DECIDE.
Déjese por secretaría copia certificada del presente fallo, de acuerdo a lo dispuesto en le artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 1384 del Código Civil; así mismo, expídanse las copias certificadas de este sentencia que fueran menester a los interesados y remítanse las necesarias tanto al Registrador Principal, como al Delegado Registrador Civil Municipal de la Alcaldía del municipio Bocono, ambos del estado Trujillo, a los fines consiguientes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre de dos mil nueve (2.009). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes.

La Secretaria Titular,

Abg. Diana Isea Briceño
En la misma fecha anterior y previo el anuncio de ley, dado por el Alguacil del tribunal a las puertas del despacho, y siendo las dos horas de la tarde (2:00 p.m.,), se dictó y publicó el fallo que antecede.

La Secretaria Titular,

Abg. Diana Isea Briceño