República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Sala de Juicio Nro. 02
Trujillo, 12 de Noviembre de 2009. 199º y 150º.
DE LOS APODERADOS Y SUS PARTES
Parte solicitantes: HOLANDA DEL CARMEN DELGADO, titular de la cédula Nro. 4.087.097.
Asistida por la abogada: LISBETH HERNANDEZ, Defensora Pública Nro. 01 de Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Motivo: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Expediente Nº 3874-5
Síntesis.
En el presente proceso se inicia mediante solicitud presentada por la ciudadana HOLANDA DEL CARMEN DELGADO, titular de la cédula Nro. 4.087.097, quien actúa en nombre propio y en representación de su hijo (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), asistida por la abogada LISBETH HERNANDEZ, Defensora Pública Nro. 01 de Protección del Niño, Niña y Adolescente, mediante la cual solicita que su hijo antes descrito y su persona sean declaradas como únicas y universales herederos del ciudadano JOSE JAVIER DELGADO, quien era: Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.598.176. El Tribunal del estudio de los recaudos acompañados a la petición, a saber: a) Acta de Defunción del ciudadano JOSE JAVIER DELGADO, signada con el Nro. 735 (Folio 06). b) Acta de nacimiento de (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), signada con el Nro. 30. c) Acta de nacimiento del extinto ciudadano JOSE JAVIER DELGADO, signada con el Nro. 29. d) Justificativo de testigos mediante el cual los ciudadanos: CARMEN TERESA VALERA ROMAN y HELSY JOSEFINA AZUAJE DELGADO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.311.121 y 5.793.018, respectivamente, al ser interrogadas: ¿…si conocían de vista, trato y comunicación al ciudadano JOSE JAVIER DELGADO…? Respondieron: “…si lo conocíamos…” ¿…si saben y les consta de sus hermanos son RAFAEL RAMON, CARLOS LUIS, YOLEIDA DEL CARMEN, JESUS MANUEL, SILVESTRE ANTONIO y el adolescente (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA) …? Respondieron: “…Si nos consta…” ¿…si saben y les consta que su hermano (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), es su único y universal heredero junto con su progenitora HOLANDA DEL CARMEN DELGADO…? Respondieron: “…Si nos consta…”

Dispositiva.
Este Tribunal considera que se han cumplido todos los requisitos legales para la declaratoria con lugar de la solicitud, consideraciones por las cuales y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 78 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declaran como Únicos y Universales Herederos del fallecido ciudadano: JOSE JAVIER DELGADO, quien era: Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.598.176, como consta en el acta de defunción, signada bajo el Nº 735 expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, a las siguientes personas: 1) A la ciudadana HOLANDA DEL CARMEN DELGADO, titular de la cédula Nro. 4.087.097, en su carácter de progenitora del causante. 2) Al adolescente (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), en su carácter de hermano menor del causante.
SEGUNDO: Entréguese todos los recaudos, así como cuatro (4) copias certificadas a la parte solicitante y déjese una copia en los archivos de este despacho.

Juez Provisoria El Secretario

Abg. Mayerling L.Cantor Arias Abg. Jorge León

MLCA/JLA/rosa.