REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO AGRARIO

JUZGADO SUPERIO RPRIMERO AGRARIO. Caracas, veintitrés (23) de noviembre de dos mil nueve (2.009).
199° y 150°

Vista la diligencia suscrita en esta misma fecha, 23 de noviembre de 2.009, por los ciudadanos abogados Mark A. Melilli S., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.506, actuando en su carácter de apoderado judicial de los recurrentes Federico Amézaga, Verónica Urruela de Amézaga, Germán García Mariani y Manuel Virgilio Mendes; y el ciudadano abogado Eloym Manuel Gil Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.641, actuando en su carácter de co-apoderado judicial del Instituto Nacional de Tierras, mediante la cual solicitaron al tribunal la suspensión de la presente causa por un lapso de sesenta (60) días de despacho. Este tribunal acuerda la suspensión de la causa a partir de la presente fecha, por el lapso antes indicado y vencido el mismo la causa se reanudará en el estado en que se encontraba.
EL JUEZ,


ABG. HARRY GUTIÉRREZ BENAVIDES.

LA SECRETARIA,


ABG. CARMÍ J. BELLO M.



Expediente N° 2006-CA-4893.