REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 11 de NOVIEMBRE-2009
199º y 150º

AUDIENCIA PRELIMINAR
(DESISTIDO)


ASUNTO Nº KP02-L-2009-515

PARTE ACTORA: JAKSON JOSE MONASTERIOS QUIÑONES venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.906.699

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: RICHARD VALERA Y RAMON BARCOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 104.081 y 126.047

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil AZUCARERA RIO TURBIO, C.A

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ANTONIO ANZOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.566

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 11 de NOVIEMBRE del 2009, siendo las 11:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil Jean Leonardo tua; quien señala que la parte actora ciudadano JAKSON JOSE MONASTERIOS QUIÑONES venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.906.699, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil AZUCARERA RIO TURBIO, C.A, comparece su apoderado JOSE ANTONIO ANZOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.566. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 199° Y 150°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.

LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


LOS COMPARECIENTES
LA SECRETARIA

ABOG. JOSELYN CARDENAS