REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 30 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-000503
ASUNTO : TP01-S-2009-000503
Visto el escrito presentado por la abogada ELENA LINARES, en su carácter de Fiscal auxiliar Novena del Ministerio Público, de fecha 27 de Noviembre del año 2009, donde notifica al Tribunal que se decretó el ARCHIVO FISCAL de la investigación D21-F09-2961-2009-(243), seguida al ciudadano YOVVANNY ENRIQUE RODRIGUEZ VASQUEZ, por el delito de VIOLENCIA FISICA, delito previstos y sancionados en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, investigación iniciada por denuncia de la adolescente, todo conforme a las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Revisada la presente causa el tribunal evidencia que en fecha 03 de abril del presente año en audiencia de presentación se le decreto al ciudadano YOVVANNY ENRIQUE RODRIGUEZ VASQUEZ, MEDIDA CAUTELAR, consistente en prohibición de acercarse a la victima, prohibición de agredir verbal y físicamente a la victima y presentación ante este Tribunal cada 60 días, por lo que este Tribunal a tenor de las previsiones del mismo artículo, ORDENA EL CESE INMEDIATO de CUALQUIER medida que pese sobre el imputado Yovanny Enrique Rodríguez Vásquez, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 11.319.174, de ocupación indefinida, natural de Valera, de 35 años de edad, residenciado en las mercedes, parte alta , casa S/N, de la Parroquia Mercedes Díaz del municipio Autónomo de Valera, con ocasión de la presente investigación, iniciada por la denuncia de la adolescente.
Decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR que pese contra el ciudadano: YOVVANNY ENRIQUE RODRIGUEZ VASQUEZ, antes identificado de conformidad con el articulo 315 del código orgánico procesal penal, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público en su debida oportunidad legal. Ciérrese Informaticamente.
La Juez de Control Nº 1 (S)
Abg. Deyanira Fernández Carrillo
La Secretaria

Abg. Lorena González