REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio
Barquisimeto, 25 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-008598
ASUNTO : KP01-P-2008-008598
Vista la solicitud planteada por los abogados María Gómez y José Martínez, en su condición de defensores del penado JUVENAL MARÍA JIMENEZ, en la cual requieren que sea RATIFICADA la comunicación remitida a la Empresa ENELBAR, requiriendo documentación presuntamente emanada de este Órgano Jurisdiccional, se acuerda lo solicitado por ser procedente y en consecuencia se ordena ratificar a la EMPRESA ENELBAR, el contenido del oficio Nº 578-2009 de fecha 01 de Octubre de 2009, y que fue recibido en dicha Empresa en data 06 de Octubre de 2009. Líbrese el oficio correspondiente. Regístrese y publíquese. Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. JESÚS GERARDO PEÑA ROLANDO
LA SECRETARIA
ABOG. ODALYS HERRERA.