REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 30/11/2009, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Calle 51 entre Carreras 11 y 12 Casa N° 10-46 de Barquisimeto. El Tribunal dio los toques de ley, nadie respondió, por lo que nombra y juramenta como Cerrajero al Ciudadano: José I, Aldazoro C. Aperturada la puerta principal del inmueble se pudo constatar que no había persona alguna que notificar de la medida, observándose varias maquinas de coser. La Parte Actora pide se anexe a las actas factura de Control N° 0321 a nombre de Félix García y señalo para embargar los siguientes bienes. Fue encontrado dentro del inmueble una tarjeta de presentación a nombre de Comercializadora Metalúrgica García C.A. figurando el Ciudadano Félix García como Gerente General con teléfono celular N° 0414-525.40.12, el Ciudadano Juez procedió a llamarlo, notificándole que viniera lo más pronto posible a su casa porque estaba un Tribunal......practicando una medida de embargo, manifestó que saldría inmediatamente para allá, el Tribunal acordó conceder un tiempo prudencial, a fin de notificarlo de la ejecución de la medida, se acuerda agregar a los autos la tarjeta de presentación ya indicada. Siendo las 12 Meridiem, se presentan los Ciudadanos: Félix Antonio García Gómez y Alicia Chiquinquira´González Rodríguez, fueron notificados de la misión del Tribunal. Se continúa con el señalamiento de bienes. El Notificado asistido por el Dr. Paolo Gallo, I.P.S.A., N° 84.427, convienen en la demanda y hacen oferta de pago. La Parte Actora acepta el convenio de pago que se le hace en este acto y pide se deje bajo la guarda y custodia del Notificado los bienes embargados. El Tribunal releva de toda obligación a la Depositaria y deja los bienes embargados bajo la custodia del Notificado. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo la 1:45 p.m.