REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-L-2008-002075
Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-2075
PARTE ACTORA: GUSTAVO VALERIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 7.395.341.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: MARCIAL AMARO, FRANKLIN AMARO, MARIELA POTENZA, RAMON VALECILLOS, ANDRES JIMENEZ Y CLAUDIMAR DE OLIVEIRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 127.485.32.784, 71.791, 119.647, 114.383, y 127.595
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE TU AUTO, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL ANGEL ALVAREZ, RUDOLFH JOSE KREUBEL CAMERO, ALCIDES M ESCALONA M Y CARLA ANDREINA CASTRO C inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.444.119.436, 90.484 y 126.041
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 26 de No1viembre de 2009 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por la parte actora su apoderado judicial WILMER AMARO; y por la parte demandada su apoderado judicial abogado MIGUEL ANGEL ALVAREZ. Se da inicio al acto fijado. En este estado, las partes luego de varias deliberaciones has, llegado a un acuerdo judicial a los fines de dar por terminado el presente juicio por lo que el Tribunal con fundamento a los principios de brevedad, celeridad e inmediatez de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Iniciada la Audiencia después de algunas deliberaciones las partes manifiestan que han celebrado la siguiente TRANSACCION JUDICIAL que se contiene en las estipulaciones siguientes, el cual someten a la consideración del tribunal para que lo HOMOLOGUE Y de por CONCLUIDO el presente proceso conforme a lo previsto en el art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
PRIMERO: Toma la palabra la representante legal de la parte accionada quien expone: “Luego de varias deliberaciones y revisando los alegatos del demandante en su escrito libelar, reconoce la relación laboral alegada y conviene en la demanda ofreciendo pagar para la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 7.000,00) de la manera siguiente: Para el día de hoy 26-11-2009, Bs.f 3.500,00 en cheque N°00034668, a nombre del ciudadano GUSTAVO CASTILLO contra el Banco Provincial y para el 15-12-2009 Bsf. 3. 500,00 por ante la URDD CIVIL
SEGUNDO: La representación de la parte accionante, toma la palabra y expone: ACEPTO el ofrecimiento de la parte accionada en cuanto a la cantidad y la forma de pago, ofrecida en este acto, de 7.000,00 que incluye todos y cada uno de los conceptos, por éste reclamados y recibe en este acto la cantidad de Bs. TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bsf3.500,00) en cheque N° 00034668, a mi nombre
TERCERO: Las partes consideran que con el presenta acuerdo dan por terminado el presente litigio y cualquier obligación entre las partes surgidas entre ellas y así solicitan sea declarado por este Tribunal.
CUARTO. La falta de cumplimiento en el pago acordado, dará derecho a la parte actora a pedir la ejecución forzosa de la presente acta de mediación
QUINTO: Este Tribunal, vistos que la mediación ha sido positiva, de conformidad con el art. 133 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa Juzgada. Se hacen cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Archívese el expediente
La Juez,
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada La Secretaria,
Las Partes Comparecientes
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