REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 19 de octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-001499
ASUNTO : TP01-P-2009-001499
Por cuanto por ante la Secretaría de este Tribunal de Ejecución se recibió la presente causa, corresponde proceder a la ejecución de la Sentencia Condenatoria, impuesta a los ciudadanos YORVI JOSE ROJAS ALIZO, quien fue condenado por el Tribunal de Control N° 7 de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena corporal de DIEZ (10) AÑOS Y NUEVE (09) MESES de PRESIDIO más las accesorias legales correspondientes, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de por la comisión del delito de ROGO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 458 Y 277 del Código Penal y al ciudadano JASON JOFER HERNANDEZ por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 ejusdem., en perjuicio del Orden Público, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia impuesta a los ciudadanos YORVI JOSE ROJAS ALIZO, titular de la cédula de identidad Nº 19.287.578 Y JASON JOFER HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 21.365.525 conforme a lo establecido en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal y como quiera que por la pena impuesta no es procedente el otorgamiento de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, más si de las demás fórmulas alternativas al cumplimiento de pena una vez que cumpla el tiempo exigido de pena privado de libertad, según los parámetros del artículo 501 del mismo Código y considerando que el penado se encuentra privado de libertad, se ACUERDA, realizar el cómputo correspondiente de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 eiusdem y hacer trasladar al mismo a fin de ser impuesto tanto de la ejecución de la sentencia como del referido cómputo. Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 3,
MIGUEL HERNANDEZ SALINAS.
La Secretaria,
LAURA ARAUJO PILYPIUK
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