REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO
Tribunal Penal de Ejecución N° 3

Trujillo, 07 de octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: TP01-P-2007-5653
ASUNTO : TP01-P-2007-5653

Por cuanto se observa de las actuaciones que en la presente causa en la audiencia celebrada en fecha 05-10-2009, quedó en suspenso el pronunciamiento de Tribunal sobre el la suspensión o continuidad del beneficio solicitado, por cuanto hasta esa fecha no se tenía constancia de que presentara certificación de residencia y oferta de trabajo en otro Estado, tomando en cuenta la situación de peligro que se encuentra su integridad física, de permanecer en el goce de la fórmula otorgada en esta ciudad, y como quiera que ha sido consignada la referida constancia de residencia específicamente del ciudadano JOSE MANUEL AMAYA ANDRADE, titular de la Cédula de Identidad N° 13356593, quien a su vez es ofertante laboral para el penado, en la empresa Aire Centro ubicado en Calle Cajigal N° 62 con calle Pichincha Norte, sector la Democracia, Maracay, Estado Aragua, Este Juzgador pasa a resolver lo solicitado, en este sentido se considera que han sido dispuestas las circunstancias procesales suficientes para el traslado del penado, JAVIER JESUS BAPTISTA MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 16.881.288, POR LO QUE ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ASÍ SE ORDENA el referido traslado para su ejecución inmediata, quedando entonces a disposición del Ministerio de Interior y Justicia para ello, en cuyo caso por las constancias presentadas se fija como recinto carcelario el Internado judicial de Tocorón, Estado Aragua, donde deberá cumplir la fórmula de Destacamento de Trabajo. Igualmente corresponde ordenar Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua la verificación laboral y de apoyo familiar, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 500 y 500A del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Ofíciese exhorto al Tribunal de Vigilancia Correspondiente Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 3,

MIGUEL HERNÁNDEZ SALINAS.
La Secretaria,
LAURA ARAUJO