TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 29 de Octubre de 2009.
199º y 150º
Actuación Nº 2865-1
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: DILIA ROSA ESCALONA de BRICEÑO.
Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana DILIA ROSA ESCALONA de BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.326.397, domiciliada en el Municipio Sucre, Estado Trujillo, actuando en nombre y representación de su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), asistida por el abogado JAVIER ENRIQUE GONZÁLEZ RUIZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 86.535, solicita se declare a ella DILIA ROSA ESCALONA de BRICEÑO, a su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA)y a (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto EDUARDO JAVIER BRICEÑO CARDOZO. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 11, acta de matrimonio inserta al folio 04, acta de matrimonio al folio 04, actas de nacimiento insertas los folios 07 y 09; y declaración de testigos cursante a los folios 16 al 19. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del extinto EDUARDO JAVIER BRICEÑO CARDOZO, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 11 de la solicitud, a su esposa DILIA ROSA ESCALONA de BRICEÑO y a su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA) y a (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudiera no tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ

ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA


LA SECRETARIA

ABG. EVELYN RODRÍGUEZ