…gado de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.- Carache, veintidós (22) de Octubre de dos mil nueve.-
199º y 150º
De la revisión del expediente se observa que la presente OBLIGACION DE MANUTENCION, tiene como beneficiarios a OLINMAR VANESA y DARWIN ANTONIO FUENTES CALDERA, pero este ultimo, ya no se considera Adolescente, por cuánto cumplió la edad de 18 años, según lo establece el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cesando la Obligación de Manutención que prevé la ley citada y el artículo 282 del Código Civil.- En consecuencia la Obligación de Manutención subsiste solo para la Adolescente OLINMAR VANESA FUENTES CALDERA.- Así se decide. Expediente N° 093-00.-
La Juez Provisoria,
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
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