REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, VEINTISEIS (26) DE OCTUBRE DE DOS MIL NUEVE.-

199° y 150°

Vista la anterior diligencia, suscrita en fecha 21-10-2006, por la abogado en ejercicio: ARELYS AZUAJE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 119.514 con el carácter acreditado en autos, mediante la cual expone que la parte Demandada en la presente causa hizo entrega del inmueble en forma voluntaria, solicita se ordene el Archivo Definitivo del expediente y se le entregue los originales y copias fotostáticas de los anexos A, B, C, D y E, y en su lugar se deje copias fotostáticas certificadas de los documentos originales, a los fines de Desistir de la pretensión.- Este Tribunal por ser procedente lo solicitado, lo acuerda de conformidad.- En consecuencia se acuerda la entrega de los documentos antes mencionados dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos, así como también se ordene el Archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo, para su archivo definitivo.- Se autoriza para la elaboración de los fotostátos al ciudadano: JOSÉ GREGORIO VETANCOURT QUEVEDO, Alguacil de este Despacho.-
La Juez Temporal,

Abg. Soraya Soler Cuevas
La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía
En la misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede y se entregaron los documentos originales a la demandante y se dejaron copias fotostáticas certificadas conforme a lo solicitado.-
La Secretaria,