REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

Barquisimeto, 19 de octubre de 2009
Años: 199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2002-000720

Visto el escrito presentado por la Abogada Yoleida Rodríguez, en su carácter de Defensora Pública del acusado CLEIBER MANUEL OBANDO GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.596.091; a quien se le imputó la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado; mediante el cual la defensora solicita se decrete el decaimiento de la medida de presentación a que ha estado sometido su defendido desde el 20 de mayo de 2004. Este tribunal a fin del pronunciamiento hace las siguientes consideraciones:
De la revisión de la causa y del sistema juris, se evidencia que el acusado no se ha presentado al cumplimiento de la medida de presentación y en las diversas fechas que se ha fijado el juicio oral y público, no se ha presentado en varias oportunidades. Razón por la cual es improcedente la solicitud de decaimiento de la medida de coerción impuesta al acusado, debiendo advertirle que de no comparecer a la fecha fijada 03 de diciembre de 2009, para la realización del juicio, se le librará orden de aprehensión. ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revisada la presente causa, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de decaimiento de la medida de coerción impuesta al acusado, CLEIBER MANUEL OBANDO GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.596.091; debiendo advertirle que de no comparecer a la fecha fijada el día 03 de diciembre de 2009 para la realización del juicio, se le librará orden de aprehensión. Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA SEXTA DE JUICIO

ABG. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ
LA SECRETARIA,

RCV.-