REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, Diecisiete de Septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : TP11-L-2009-000359
PARTE DEMANDANTE: JANNETH ANNAIS MATHEUS ALBORNOZ
APODERADA JUDICIAL: JARENTH MATHEUS
PARTE DEMANDADA: HUMBERTO RAMOS en su carácter de Director del CENTRO DE ALTA TECNOLOGIA (CAT) DR. HUMBERTO FERNÁNDEZ MORAM.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES.
Visto que en fecha 13 de agosto de 2009, se certifico las resultas del cartel de notificación contentivo de orden de corregir libelo a la Abg. JARENTH MATHEUS ALBORNOZ, recibido y agregado al asunto, intentada por la ciudadana JANNETH ANNAIS MATHEUS ALBORNOZ, titular de la cedula de identidad N- 17.605.100, donde se había ordenado corregir el libelo mediante auto de fecha 05-08-2009, observado como ha sido que transcurrió el lapso otorgado para que la parte corrigiera el libelo siendo que no fue subsanado, en consecuencia de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY SE DECLARA INADMISIBLE EL LIBELO DE DEMANDA PRESENTADO EN FECHA 04-08-2009 por la ciudadana JANNETH ANNAIS MATHEUS ALBORNOZ, titular de la cedula de identidad N- 17.605.100, pudiendo ejercer el recurso correspondiente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la presente ó interponer nuevamente la demanda. En el despacho de la Juez a los Diecisiete (17) días del mes de Septiembre (09) de 2009 siendo las 9:45 a.m. Publíquese y Regístrese.
LA JUEZA,
ABG. YULIBETT CALDERÓN
LA SECRETARIA,
ABG. IRENE VANDERLINDER
En esta misma fecha se cumplió con la publicación,
LA SECRETARIA,
ABG. IRENE VANDERLINDER
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