REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 16-09-2009
199° y 150°

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistida)

ASUNTO Nº KP02-L-2008-2521

PARTE ACTORA: WILLY JOSE MUJICA RIVERO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.376.208

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: MARGARITA FUENTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.772

PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA 750

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, 16 de SEPTIEMBRE de 2009, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadano WILLY JOSE MUJICA RIVERO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.376.208 y que la parte demandada COOPERATIVA 750, no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil JEAN LÑEONARDO TUA, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.

LA JUEZ
ABG. EUGENIA MARÍA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA
ABG. YESENIA VASQUEZ R.


EL ALGUACIL