REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION CARORA

Carora, 23 de septiembre de 2009.
Años: 199º y 150º


ASUNTO: KP11-P-2009-0001319

Se recibe oficio Nº S/N, remitido por la Fiscal Superior del Ministerio Público, Abg. Lucila Sirit de Orozco, quien de conformidad con los artículos 82 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y artículo 24 y 30 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos, y demás Sujetos Procesales, donde solicita Medidas de Protección necesarias a favor del ciudadano Edgar Alexander Pérez Mosquera, cédula de identidad Nº: 14.246.228, quien reside al Final de la Avenida Bolívar cruce con calle Falcón, diagonal a la Escuela Torres, Carora Estado Lara, en virtud que el referido ciudadano denunció que, en fecha 21-05-09, en horas de la noche dos sujetos llegaron hasta su casa armados con una escopeta calibre 12 y el otro con Revolver calibre 38, y los encañonaron a el y su esposa, y lo despojaron de su Moto marca FYN, color rojo. En fecha 23-05-09, fue recuperada por la policía y la fiscalía se la devolvió. Y que desde un tiempo para acá le han hecho la vida imposible porque el reconoció a los sujetos que le robaron su moto, que se llaman José Gregorio Piñango Pérez Alias “El Chiquitin”, y Ender José Pérez Castillo, alias “ El Pollo Mojado”, estos llegan, señala, los fines de semana a su casa a altas horas de la noche y disparan frente a su casa de manera amedrentante causando daños psicológicos a su familia entre ellos una niña de 7 años, además refiere que el domingo 20 de septiembre como a las 5 y 30 de la tarde llegó la mama de José Gregorio Piñango, desafiándolo a el y su esposa con un arma tipo revolver calibre 38 para que salieran y pegarles un tiro a los dos y por ello solicita medida de protección para el y su familia”.

Se observa que ese despacho fiscal, como soporte de su solicitud señala que efectivamente ante la Fiscalía Octava del Ministerio Público cursa causa fiscal Nº 13F8-0611-09, por el delito de Robo Agravado en la que el solicitante es la víctima.

Ahora bien, los señalamientos que preceden evidencian que se considera procedente decretar las medidas de Protección solicitadas por la Fiscalía Superior de este estado, las cuales se acuerdan con fundamento en el mandato constitucional de garantizar el goce y ejercicio irrenunciable de los derechos humanos de las víctimas directas o indirectas y salvaguardar la integridad física y psicológica de estas y su familia, dado que el Estado esta obligado a brindar protección frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgo para la integridad de las víctimas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.

En consecuencia este Tribunal acuerda Medida de Protección a favor del ciudadano Edgar Alexander Pérez Mosquera, cédula de identidad Nº: 14.246.228, quien reside al Final de la Avenida Bolívar cruce con calle Falcón, diagonal a la Escuela Torres, Carora Estado Lara, y su Familia, de conformidad con los artículos 21.1 y 30 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos, y demás Sujetos Procesales, artículo 30 último aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 23 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en recorridos policiales por la residencia de la víctima ubicada en la dirección, ut supra señalada, los cuales estarán a cargo de la Comisaría Carora, de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara.

Líbrese Boleta de Notificación a la Víctima, a la Fiscal Superior del Estado Lara y a la Fiscalía Octava del Ministerio Público. Líbrese Oficio al Comandante de la Comisaría Carora de la Fuerza Armada Policial de este estado a los fines que de cumplimiento a lo acordado por este Tribunal. .- Cúmplase.-




Juez de Control Nº 11

Abg. Leila B. Ibarra Rojas Secretaria Administrativa


KP11-P-2009-0001319. 23-09-09.